lunes, 26 de julio de 2010

Nota publicada en 2007

Reglamentación "progresista" del aborto

POR DETRAS DEL CODIGO PENAL DE 1922


El kirchnerismo y sus aliados plantean como un avance la reglamentación de los abortos no punibles. La Campaña por el Aborto Legal también aplaude estas nuevas trabas a derechos reconocidos desde 1922 por el Código Penal. La Campaña llamó indirectamente a votar a Filmus porque “los inquisidores de siempre se sienten alentados por el triunfo de la derecha en la ciudad de Buenos Aires, que si se mantiene en la segunda vuelta hará toda una ofensiva contra nuestros derechos” (13/6).
El Congreso discute –ya lo aprobó la Comisión de Salud– una re-reglamentación presentada por Juliana Marino (K) y Silvia Augsburger (del PS). Sin tanto aspaviento, Solá en marzo y Telerman en mayo reglamentaron los abortos no punibles por vía administrativa y el Concejo Deliberante de Rosario lo hizo la semana pasada. Todos fijan algún plazo para la intervención no superior a quince días y ordenan que los abortos se practiquen “sin la exigencia de autorización judicial”.
Precioso. El detalle es que el Código no exige autorización judicial. Por eso este tipo de aborto se practica sin problemas en la medicina privada. En la salud pública, en cambio, “es habitual que los médicos se nieguen a realizarlos sin la venia de un magistrado”, porque el Estado ha cedido el control de los comités de ética y de las jefaturas de obstetricia y ginecología a las camarillas de la Curia. Lo mismo pasa en los servicios de violencia pediátricos y los tribunales del menor y la familia. Los agentes clericales a sueldo del Estado amenazan a los profesionales con bloquearles la matrícula.
Un paso adelante, dos atrás
La re-reglamentación muestra la decisión de no avanzar en la despenalización del aborto. Pero además, la idea de que amedrente a la Curia es ridícula. ¿Por qué los que violan el artículo 86 respetarían su articulado? No es un asunto de ineficacia. Para no confrontar con la Iglesia, las nuevas reglamentaciones instauran un retroceso importante en las garantías establecidas el art. 86, agregando condiciones incumplibles en un sistema de salud desmantelado.
Veamos: el art. 86 dice que no es punible “el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta” si 1) si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2) si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”. En este caso, el representante legal debe dar su consentimiento.
Ni autorización judicial, ni denuncia de la violación, ni objeción de conciencia. Sólo el diagnóstico médico y el consentimiento de la gestante. El proyecto y las ordenanzas ya aprobadas, en cambio, fijan “nuevos procedimientos”. Por ejemplo, en el caso de “peligro de vida” (art. 2) se exige su fundamentación “mediante los estudios de diagnóstico pertinentes”. Y en el de “peligro para la salud” (art. 3), que lo fundamente todo un “equipo interdisciplinario mediante los estudios de diagnóstico pertinentes”. ¡Todo un equipo disciplinario en hospitales que no tienen ni anestesista! En el sistema de salud público porteño hay sólo un tomógrafo cada 65.000 personas; en el Conurbano hay nueve para más de 3.500.000. “Hay espacios de más de un millón de habitantes que no cuentan con tomógrafo y varias semanas de 2006 y de 2007 funcionaron sólo dos o tres equipos” (La Nación, 29/5). La situación es peor en el interior. ¿Cuánto van a tardar en reunir “un equipo interdisciplinario” o en hacer “los estudios de diagnóstico”?
Marino y Augsberger se jactan de ampliar la no punibilidad a toda violación. ¡Pero eso está en el Código desde 1922! Hay jurisprudencia, la última de la Cámara Civil de Mar del Plata (Página/12, 5/3). Pero exigen la “constancia de la denuncia policial o trámite judicial”, dejando a la víctima en manos de jueces y policías. También “amplían” en los casos de “feto inviable” (ahora incluidos en “peligro para la salud”). Pero “la inviabilidad del feto debe ser indubitablemente comprobada”. In-du-bi-ta-ble-men-te.
Todos los proyectos permiten la objeción de conciencia, una concesión que vuelve a dejar a los médicos a merced de las presiones de las camarillas.
La Iglesia tomó nota de estos timoratos y salió a doblar la apuesta. En principio, está tratando de que se postergue el tratamiento legislativo del proyecto “a través de sugerencias por escrito a los diputados. Los representantes de la Cámara Baja esta vez prestaron especial atención al planteo episcopal. A esto se sumó un llamado de la Casa Rosada al presidente de la Cámara de Diputados para congelar por un tiempo el tratamiento de la iniciativa” (DyN, 15/6). Si esto no prospera, un documento de la Conferencia Episcopal adelanta un planteo de inconstitucionalidad (La Nación, 4 y 11/6) porque “no existe” en la legislación “derecho a causar la muerte de los propios hijos” ni se puede “excluir del control de los jueces el estudio de un caso en el que se ponga en juego el derecho a la vida” (La Nación, 11/6). Un coro de obispos y voceros de la Curia (La Nación, Carlos Menem y el ex ministro Barra) han comenzado, ellos sí, una campaña. José Arancedo, arzobispo de Santa Fe, pidió “un reconocimiento como defensoras de la vida” a las autoridades del Hospital Iturraspe, las que se negaron a tratar el cáncer a Ana María Acevedo porque obligaba a interrumpir su embarazo.
Pero la horrible realidad no da sosiego. El gobierno dice que el 80% de las mujeres accede a métodos anticonceptivos; sin embargo, entre los ocho menores muertos por el incendio del vagón en Córdoba había dos niñas madres, de 13 y 14 años, y sus hijos. A ellas no llegaron los anticonceptivos. El gobierno asegura que la pastilla del día después se entrega en los hospitales, pero le negaron, primero la pastilla y después el derecho a abortar, a una menor jujeña violada.
El octubre es el Encuentro de Mujeres de Córdoba. Allí estaremos las luchadoras y también las que arrogándose la representación del movimiento de mujeres son habitués de los actos oficiales, avalan su política criminal y hacen campaña para el gobierno. Por eso se niegan a que votemos y a que los talleres del Encuentro se conviertan en asambleas resolutivas. Hay que denunciarlas como agentes de un gobierno que entregó la política sexual y reproductiva a la Curia y avanzar en un plan de lucha por el aborto legal, en defensa de la vida de las mujeres.

Olga Cristóbal 

 

Nota publicada en Prensa Obrera Nº 998 de 2007

Las modificaciones introducidas en estos días a la guía de Ginés González García dan la razón a las críticas que el PO y el Plenario de Trabajadoras realizamos en soledad hace tres años atrás. Para terminar con la penetración oscurantista, separación de la iglesia del estado, educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar y aborto legal, seguro y gratuito para no morir.

Plenario de Trabajadoras


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